Tras ocho demandas que declaraban la ley como inconstitucional, la Sala Plena de la Corte Constitucional estudió el caso y posterior a ello fue tumbada con 6 votos contra 3. Esta ley aprobaba la cadena perpetua para violadores, abusadores y maltratadores de menores de edad.

La magistrada Cristina Pardo presentó la ponencia asegurando que la ley desconocía los derechos de las personas privadas de la libertad. Por su lado, la demanda fue radicada por el Grupo de Prisiones de la Universidad de los Andes.

Según los demandantes, el “Congreso extralimitó su competencia”, generando inconsistencia en la Constitución Política en el modelo de Estado Social de Derecho y el deber del estado a Respetar, Garantizar y Proteger los derechos humanos.