Los últimos días han tenido el tema de la Eutanasia rondando entre los funcionarios de la Sala Plena de la Corte Constitucional, quienes el día de ayer ampliaron el derecho fundamental a morir dignamente a los pacientes NO terminales.

La ley se modificó a causa de una demanda realizada por Daniel Porras y Alejandro Matta, quienes estaban en contra del artículo 106 de la Ley 599, del año 200. Por esta demanda, la Corte Constitucional aceptó que pacientes con enfermedades incurables o en condiciones de salud extremas pueden optar por la opción de la eutanasia legalmente. 

Esto debe ser por escrito y firmado, en caso tal de que la persona no pueda hablar, y puede ser enviada la solicitud con un tercero, si el paciente la escribió con anterioridad y lo o la eligió para realizar la solicitud.