GB Advisors

Mediante el decreto 555, del 9 de abril del 2022, se reglamentó el trabajo remoto en Colombia, situación alcanzada por el confinamiento que se llevó a cabo desde el 2020 por la pandemia del Coronavirus.

La gran particularidad es que el trabajo remoto tiene muchas diferencias ante el trabajo en casa o al teletrabajo, siendo este el principal pensamiento que tienen las personas.

Con el trabajo remoto, según Ángel Cabrera, Ministro de Trabajo, “el empleador debe garantizar al empleado las herramientas de trabajo y el cubrimiento de los gastos de energía y de internet”, situación que no ocurre con el teletrabajo o el trabajo en casa.