En la página web del Ministerio de Transporte está publicado el borrador de un proyecto de resolución que modificaría el tiempo para renovar la licencia de conducción para motociclistas. ¿Qué dice el Ministerio de Transporte al respecto?

Los motociclistas del país están molestos por una resolución que exigiría la renovación de la licencia de conducción cada tres años y no cada diez años, como está establecido actualmente. Se trata de la Resolución Única Compilatoria en materia de Tránsito del Ministerio de Transporte. El borrador aún se encuentra en revisión, pero el periodo de observaciones estará vigente hasta el 21 de abril.

En la resolución aparece el artículo 5.2.2.7, titulado: “Renovación de la licencia de conducción de vehículos tipo motocicleta”, el cual establece que:

“El Organismo de Tránsito deberá verificar la vigencia del examen teórico-práctico, que deberán presentar los conductores de motocicletas, por lo menos cada tres (3) años. De conformidad con el cronograma que para tal efecto expida el Ministerio de Transporte”.

Y agrega: “Cuando el usuario se encuentre adelantando el trámite sea de forma presencial o virtual, el Organismo de Tránsito procederá a verificar y validar en el sistema RUNT que al usuario le fue otorgado certificado de aprobación del examen teórico y práctico por un Centro de Apoyo Logístico de Evaluación (Cale) debidamente registrado ante el RUNT”.

Lo que da a entender a muchos que se deberá renovar la licencia de conducción cada tres años, al igual que se debe hacer un examen teórico-práctico.

¿Qué dice el Ministerio de Transporte al respecto?

CAMBIO consultó con el Ministerio de Transporte la razón de este artículo. “Hay una confusión. Se está pensando que a través de este proyecto vamos a cambiar la vigencia de los diez años en las licencias de conducción para motociclistas. Esto es falso. Los únicos que pueden cambiar esta vigencia es el Congreso de la República”, manifestó el viceministro de Transporte, Eduardo Enríquez Caicedo. 

Así mismo, el viceministro explicó que el artículo se basa en lo establecido en el artículo 4 parágrafo 1 de la Ley 2050 de 2020. “El Congreso de la República en 2020 aprobó la Ley 2050 donde el examen teórico práctico se debe hacer cada tres años. Esto todavía tiene que pasar por un curso de reglamentación por parte del ministerio y por parte del Gobierno nacional“, indicó.

El ministerio reiteró que el plazo de renovación de las licencias, que es de diez años, no va a cambiar con este proyecto. “Esta resolución es un borrador que está para comentarios. Este proyecto lo que está estableciendo es la posibilidad de hacer los trámites de tránsito de manera virtual”, concluyó.

Sin embargo, el Ministerio de Transporte no aclaró por qué el artículo de este borrador se llama “Renovación de la licencia de conducción de vehículos tipo motocicleta”, si no tiene relación alguna con ese tipo de gestión.

¿Cuáles son los requisitos para renovar la licencia de conducción?

Actualmente, los únicos requisitos necesarios para renovar la licencia de conducción son:

  • Contar con certificado de examen físico, mental y de coordinación motriz para conducir, incorporado en el RUNT, expedido por un Centro de Reconocimiento de Conductores (CRC) habilitado por el Ministerio de Transporte e inscrito en el RUNT.
  • Estar a paz y salvo por multas e infracciones a las normas de tránsito.
  • Estar inscrito en el Registro Único Nacional de Tránsito (RUNT).
  • Haber pagado los derechos del trámite.

Cambio.