A causa de la desinformación generalizada por incapacidades a la hora de contagios de Covid, desde el Gobierno Nacional se expidió una circular donde se explican los tiempos y las causas para poder otorgar incapacidad a una persona positiva para covid-19.

Según la circular 004, toda persona que tenga alguno de los síntomas de covid (tos seca, dolor en la garganta, dificultad para respirar, fiebre, y dolor de cabeza) deberá aislarse por siete días, sin contacto físico con nadie. Sin necesidad de realizar una prueba PCR podrá hacerlo, y su trabajo deberá ser virtual, en caso de que no se pueda ejecutar el trabajo virtual, se deberá expedir la incapacidad por medio de la EPS.

Si alguna persona tuvo contacto con alguien que dio positivo para Covid-19, no deberá guardar aislamiento, siempre y cuando su esquema de vacunación esté completo. Sin embargo, si no se tiene al menos una dosis de la vacuna contra el virus, se deberá realizar aislamiento por siete días, y se debe informar a la EPS para ordenar una prueba PCR, en caso de salir positiva deberá realizarse el aislamiento estricto.

Luego de siete días de aislamiento estricto no es necesario realizarse una prueba PCR, y las empresas u organizaciones no deberán exigirlas, según Fernando Ruíz, ministro de Salud de Colombia.

Luego de estudios en todo el mundo, y de ver que el virus del Covid está mutando a varias variantes, no se luchará por llegar a una inmunidad de rebaño, sino a una inmunidad efectiva y sostenible.